REGRESA A PÁGINA DE NIÑOS
Atencion a victimas
ATENCIÓN A VÍCTIMAS DEL DELITO
DE VIOLENCIA FAMILIAR
Unidad responsable:
Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México
Personas en situación de víctimas del delito de Violencia Familiar, específicamente niñas y niños menores
de doce años de edad y mujeres menores de 60 años de edad, que viven violencia por parte de su pareja.
INFORMACIÓN GENERAL
¿Qué debes considerar?
La recepción de las personas en situación de víctimas es inmediata y la atención depende de la demanda de cada uno de los servicios que se proporcionan.
¿Quién solicita el servicio?
Persona física. Personas en situación de víctimas de delito de violencia familiar específicamente niñas y niños menores de doce años de edad y a mujeres menores de 60 años de edad que viven violencia por parte de su pareja.
Requisitos Generales
1.Documentos de identificación oficial : (original y 1 copia)
Credencial para Votar o cualquiera de los siguientes: (Pasaporte, Licencia para Conducir, Cédula Profesional, Cartilla del Servicio Militar Nacional, Tarjeta INAPAM)
2. Ser persona en situación de víctima del delito de Violencia Familiar, específicamente niñas y niños menores de doce años de edad y mujeres menores de 60 años de edad, que viven violencia por parte de su pareja.
3. En el caso de que la persona sea canalizada por alguna autoridad, deberá presentar el oficio de canalización de dicha autoridad en original y dos copias.
4. Es deseable presentar identificación oficial vigente con fotografía y firma así como copia de la misma, aunque este requisito no es indispensable (credencial para votar del INE, pasaporte, cédula profesional, cartilla del Servicio Militar Nacional, Credencial INAPAM o licencia para conducir).
5. En el caso de las personas menores de edad, es recomendable que acuda acompañado de una persona adulta con identificación oficial (original y copia).
PASOS A SEGUIR
PROCEDIMIENTO
1. Actor: Ciudadano
La persona se presenta directamente en la barandilla del Centro de Atención a la Violencia Intrafamiliar, sito, en calle General Gabriel Hernández, No. 56, P.B., Ala Sur, Esq. Dr. Lavista, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc.
2. Actor: Servidor público
Escucha su solicitud, le informa de los servicios que presta el CAVI (Orientación social, médica, jurídica y atención psicoterapéutica breve a las personas en situación de víctimas del delito de Violencia Familiar, específicamente niñas y niños menores de doce años de edad y mujeres de menos de 60 años de edad que viven violencia por parte de su pareja)
3. Actor: Ciudadano
Manifiesta su deseo de recibir los servicios.
4. Actor: Servidor público
Registra a la persona en situación de víctima y pasa con personal de trabajo social para aperturar el expediente, previa identificación con credencial con fotografía y una copia simple de la misma, en caso de contar con ella.
5. Actor: Ciudadano
Pasa con personal de trabajo social y proporciona sus datos personales y expresa los hechos de violencia familiar.
6. Actor: Servidor público
El trabajador o trabajadora social recaba la información para el expediente, así como del consentimiento de datos personales, facilita información respecto a los programas de asistencia social. Sí es el deseo de la persona, agenda una cita en psicología para psicoterapéutica breve, al finalizar la entrevista, se emite un Carnet de Atención para agendar citas posteriores y se entrega este a la persona, de igual manera, sí también desea orientación legal, pasa a la persona al área jurídica con una abogado o abogada.
7. Actor: Ciudadano
Manifiesta su deseo de pasar a orientación jurídica.
8. Actor: Servidor público
El personal de trabajo social, pasa a la persona al área jurídica con una abogada o abogado para asesoría, en materia penal; se le brinda asesoría respecto al delito de violencia familiar, sustracción y retención de menor, delito que atenta contra el cumplimiento de la obligación alimentaria y omisión de cuidado, la denuncia o querella.
9. Actor: Servidor público
En materia familiar se le orienta según el caso respecto al divorcio, guarda y custodia, pensión alimenticia y se le ofrece oficio de canalización a la Defensoría Pública del Gobierno del Distrito federal, para que reciba la atención y representación especializada en esa materia.
10. Actor: Servidor público
En caso de no haber denunciado aún los hechos de violencia se brindan los oficios de canalización para que acuda a la Agencia del Ministerio Público y de inicio de su Averiguación Previa o en su caso Carpeta de Investigación; se ofrece el Código de Atención Ciudadana, para que personal de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, realice rondines de vigilancia en su domicilio en el Distrito Federal.
TRÁMITES
¿Dónde lo realizo?
CENTRO DE ATENCIÓN A LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR (CAVI)
Dirección: Calle General Gabriel Hernández No. 56, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06720, en esta Ciudad de México.
Horario y días de atención: Todos los días de 09:00 – 19:00 horas.
Teléfono: 53455248
Fundamentos jurídicos
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 20, apartado «C»
2. Código Nacional de Procedimientos Penales Artículo 109
3. Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal Artículos 9 y 9 Ter
4. Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Artículos 9, 12 y 33; y su Reglamento artículos 76, 77, y 78
5. Ley de Atención y Apoyo a las víctimas del delito para el Distrito Federal Artículos 7, 11, 13 y su Reglamento artículos 3 al 9, 13, 14 y 15
Plazo máximo de respuesta
Inmediato
Costo
No aplica
Fuente: Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México
Última fecha de actualización: julio 2019.