FACILITACIÓN PENAL Y DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES

El área de Facilitación Penal y de Justicia para Adolescentes de este Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México,  opera como Órgano Especializado en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal y de Justicia para Adolescentes, es el encargado de tramitar los mecanismos alternativos (mediación, conciliación, junta restaurativa o procesos restaurativos, respectivamente).

Se atienden asuntos derivados de los siguientes Sistemas:

  • Sistema Procesal Penal Acusatorio
  • Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Sistema Procesal Penal Acusatorio

Un Mecanismo Alternativo de Solución de Controversias en materia penal, es una vía para celebrar un acuerdo reparatorio o un plan de reparación.

Un Acuerdo Reparatorio es un acuerdo de voluntades entre la víctima u ofendido y el imputado.

 

Un Plan de Reparación es un elemento que se considera para la aprobación de una  suspensión condicional del proceso como solución alterna.

Un Acuerdo Reparatorio es procedente por delitos de querella o que admiten el perdón de la víctima u ofendido, culposos o patrimoniales sin violencia sobre las personas. Queda exceptuado de este tipo de salida alterna el hecho delictuoso de violencia familiar.

 

Un Plan de Reparación es procedente para la suspensión condicional del proceso cuando la media aritmética de la pena del hecho delictivo no excede de 5 años y éste Plan puede elaborarse con el apoyo de un Facilitador.

Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en materia de Justicia Penal para Adolescentes, pueden derivar en un Acuerdo Reparatorio o en un Plan de Reparación y propuesta de condiciones por cumplir para una suspensión condicional del proceso.

 

 

Los mecanismos aplicables en materia de Justicia para Adolescentes son la mediación y los procesos restaurativos (reunión de la víctima con la persona adolescente, junta restaurativa o círculos).

El Acuerdo Reparatorio y el Plan de Reparación, este último como elemento de la suspensión condicional del proceso, son procedentes por todas las conductas delictivas que no ameritan una medida de internamiento.

En ejecución de las medidas de sanción son procedentes los Procesos Restaurativos en donde la víctima u ofendido, la persona adolescente y en su caso la comunidad afectada participan activamente en este tipo de procedimiento para coadyuvar en su reintegración a la comunidad.

 

Los Procesos Restaurativos son procedentes para todos los hechos señalados como delitos y podrán ser aplicados a partir de que queda firme la sentencia que imponga una medida de sanción.

Última fecha de actualización: junio 2023.