MEDIDAS CAUTELARES
¿QUÉ SON?
Son aquellas que el Juez otorga para asegurar la presencia del imputado desde la audiencia inicial y durante el desarrollo del Procedimiento.
¿QUÉ FIN PERSIGUEN?
Con su aplicación, fundamentalmente, se busca:
- Que la persona imputada esté presente durante el Proceso.
- Que la víctima, ofendidos o testigos se encuentren seguros.
- Evitar que el desarrollo del Proceso tenga algún obstáculo.
¿POR QUÉ ME OTORGARON MEDIDAS CAUTELARES?
- Se me ha imputado la comisión de un delito no grave
2. Se ha considerado que debo ser vinculado a proceso
¿QUÉ MEDIDAS ME PUEDE IMPONER EL JUEZ DE CONTROL?
Fracción I
La presentación periódica ante el juez o ante autoridad distinta que aquél designe;
Fracción II
La exhibición de una garantía económica;
Fracción III
El embargo de bienes;
Fracción IV
La inmovilización de cuentas y demás valores que se encuentren dentro del sistema financiero;
Fracción V
La prohibición de salir sin autorización del país, de la localidad en la cual reside o del ámbito territorial que fije el juez;
Fracción VI
El sometimiento al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada o internamiento a institución determinada;
Fracción VII
La prohibición de concurrir a determinadas reuniones o acercarse o ciertos lugares;
Fracción VIII
La prohibición de convivir, acercarse o comunicarse con determinadas personas, con las víctimas u ofendidos o testigos, siempre que no se afecte el derecho de defensa;
Fracción IX
La separación inmediata del domicilio;
Fracción X
La suspensión temporal en el ejercicio del cargo cuando se le atribuye un delito cometido por servidores públicos;
Fracción XI
La suspensión temporal en el ejercicio de una determinada actividad profesional o laboral;
Fracción XII
La colocación de localizadores electrónicos;
Fracción XIII
El resguardo en su propio domicilio con las modalidades que el juez disponga, o
Fracción XIV
La prisión preventiva.