SUPERVISIÓN

Es el acompañamiento a la persona sujeta a un proceso penal para

verificar el cumplimiento de lo ordenado por el juez, ya sean:

MEDIDAS CAUTELARES   O   CONDICIONES

Para proporcionar a las partes procesales, Ministerio Público, Imputado,

Defensor, Víctima, Asesor Jurídico, información sobre el seguimiento de las mismas.

METODOLOGÍA DE LA SUPERVISIÓN

  1.         Una vez dictadas las medidas cautelares o las condiciones derivadas de la suspensión condicional del proceso, el Juez hace del conocimiento a la Unidad de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso a efecto de que inicie los actos de supervisión.
  1.         El supervisor realiza diversas acciones para la debida supervisión del cumplimiento de las medidas cautelares o las condiciones impuestas.