SUSPENSIÓN CONDICIONAL
DEL PROCESO
Es aquella salida alterna, que propone el sistema penal a fin de que la persona imputada pueda dar seguimiento al proceso, mediante el cumplimiento a condiciones que son determinadas por el Juez de Control.
Una vez cumplido esto, concluirá la causa penal.
El objetivo de la suspensión condicional consiste en que derivado del cumplimiento de las obligaciones judiciales impuestas, se extinga la acción penal.
Artículo 195 del Código Nacional
de Procedimiento Penales
En dicho artículo se contiene el listado, a partir del cual, el Juez de Control, concede las condiciones que el imputado debe de cumplir por el periodo de tiempo que se señale para el cumplimiento de la Suspensión Condicional del Proceso; que no podrá ser inferior a seis meses ni superior a tres años, y el imputado deberá cumplir con todas las que le sean indicadas en la audiencia.

Fracción I
Residir en un lugar determinado;

Fracción II
Frecuentar o dejar de frecuentar determinados lugares o personas;

Fracción III
Abstenerse de consumir drogas o estupefacientes o de abusar de las bebidas alcohólicas;

Fracción IV
Participar en programas especiales para la prevención y el tratamiento de adicciones;

Fracción V
Aprender una profesión u oficio o seguir cursos de capacitación en el lugar o la institución que determine el Juez de control;

Fracción VI
Prestar servicio social a favor del Estado o de instituciones de beneficencia pública;

Fracción VII
Someterse a tratamiento médico o psicológico, de preferencia en instituciones públicas;

Fracción VIII
Tener un trabajo o empleo, o adquirir, en el plazo que el Juez de control determine, un oficio, arte, industria o profesión, si no tiene medios propios de subsistencia;

Fracción IX
Someterse a la vigilancia que determine el Juez de control;

Fracción X
No poseer ni portar armas;

Fracción XI
No conducir vehículos;

Fracción XII
Abstenerse de viajar al extranjero;

Fracción XIII
Cumplir con los deberes de deudor alimentario, o

Fracción XIV
Cualquier otra condición que, a juicio del Juez de control, logre una efectiva tutela de los derechos de la víctima.
