C É D U L A
DE
N O T I F I C A C I Ó N. 

 GONZÁLEZ GONZÁLEZ ADAN 

DOMICILIO EN: JAIME BALMES NÚMERO 11, TORRE B PISO 4, COLONIA POLANCO SECCIóN I, ALCALDÍA MIGUEL HIDALGO, CIUDAD DE M
En los autos del cuaderno de amparo iniciado por BBVA MÉXICO, S.A. INSTITUCIóN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA MÉXICO relativo al juicio ORAL MERCANTIL promovido por GONZÁLEZ GONZÁLEZ ADÁN  en contra de BBVA MÉXICO, S.A. INSTITUCIóN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA MÉXICO , la C. Juez dictó un auto que dice:

Ciudad de México, a catorce de julio de dos mil veinticinco.
Con el escrito de cuenta, fórmese cuaderno de amparo en relación con el expediente 969/2024.
Se tiene por presentado a FRANCISCO ISRAEL HERNÁNDEZ VEGA promoviendo en su carácter de apoderado de la parte demandada BBVA MÉXICO, S.A. INSTITUCIóN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA MÉXICO  demanda de AMPARO DIRECTO, en términos de lo dispuesto por los artículos 175, 176, 177 y 178 de la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el dos de abril del año dos mil trece, consecuentemente:
Mediante NOTIFICACIóN PERSONAL y con la entrega de un juego de copias simples de tal demanda, emplácese a  GONZÁLEZ GONZÁLEZ ADAN parte actora en el juicio natural, lo anterior de conformidad con lo que determina el artículo 178 fracción II en relación con el artículo 26 fracción I inciso b), ambos de la Ley de Amparo, por lo tanto, túrnese la cédula de notificación, para que se sirva dar cumplimiento a lo ordenado en líneas anteriores. 
En observancia al principio de expedites en la administración de justicia, desde éste momento se habilitan días y horas inhábiles para la práctica de dicha diligencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 282 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo.
Hecho tal, mediante atento oficio, ríndase el INFORME JUSTIFICADO correspondiente al TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE POR TURNO CORRESPONDA, al cual deberán acompañarse las siguientes constancias:
a) El original de la demanda de AMPARO, haciendo constar al pie de la misma la fecha en que fue notificada a la quejosa el acto reclamado, precisando que el mismo lo constituye LA SENTENCIA DEFINITIVA DE QUINCE DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO, la fecha de presentación del escrito de amparo, así como los días inhábiles que mediaron entre ambas fechas, lo anterior con apoyo en lo dispuesto por el artículo 178 fracción I de Ley de Amparo.
b) Los juegos de copias de traslado de la misma, que acompañó el promovente.
c) Constancia con la que se compruebe el traslado que se le dé al tercero interesado, debiendo dejar copia certificada en su lugar.
d) Los autos del juicio del cual emana el acto reclamado y documentos exhibidos.
Intégrese con todo lo actuado, así como con los documentos exhibidos por las partes el cuaderno de actuaciones respectivo, en términos de lo dispuesto por el artículo 178 fracción III dela Ley de Amparo.
 NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE AL TERCERO INTERESADO.
 NOTIFÍQUESE. LO PROVEYó Y FIRMA LA JUEZ TRIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PROCESO ORAL  DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO DOCTORA EN DERECHO SONIA ALEJANDRA GARCIA BELTRAN, ASISTIDA DE SECRETARIO DE ACUERDOS "A" LICENCIADO EN DERECHO GUSTAVO GUZMÁN SÁNCHEZ, QUE AUTORIZA Y DA FE.

Lo que notifico a Usted por medio del presente instructivo, que dejo          a: _______________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________________________

CIUDAD DE MÉXICO, a __________ de ______________del año 2025.

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LA (EL) SECRETARIA (O) DE ACTUARIA (O)