Facilitación Penal y de Justicia para Adolescentes

¿QUÉ ES LA FACILITACIÓN PENAL Y DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES?

Es un área del Centro de Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias de la Ciudad de México que opera como Órgano Especializado en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (MASC) en Materia Penal y de Justicia para Adolescentes, es el encargado de tramitar los mecanismos alternativos (mediación, conciliación, junta restaurativa o procesos restaurativos, respectivamente) para la atención de los conflictos de naturaleza penal y de justicia para adolescentes.

¿QUÉ ES UN MASC EN MATERIA PENAL Y DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES?

Es una forma de solucionar un conflicto derivado de la comisión de un hecho delictuoso para la procedencia de una solución alterna, o en la etapa de ejecución, para resolver la forma de reparar el daño. La persona Facilitadora interviene para que las partes en un proceso penal establezcan un Acuerdo Reparatorio o un Plan de Reparación, o bien, resuelvan la forma de reparar el daño establecido en una sentencia.

Se atienden asuntos derivados de los siguientes Sistemas:

  • Sistema Procesal Penal Acusatorio
  • Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO

Un Mecanismo Alternativo de Solución de Controversias en materia penal, es una vía para celebrar un acuerdo reparatorio o un plan de reparación.

 

Un Acuerdo Reparatorio es un acuerdo de voluntades entre la víctima u ofendido y el imputado.

 

Un Plan de Reparación es un elemento que se considera para la aprobación de una suspensión condicional del proceso como solución alterna.

 

Un Acuerdo Reparatorio es procedente por delitos de querella o que admiten el perdón de la víctima u ofendido, culposos o patrimoniales sin violencia sobre las personas. Queda exceptuado de este tipo de salida alterna el hecho delictuoso de violencia familiar.

 

Un Plan de Reparación es procedente para la suspensión condicional del proceso cuando la media aritmética de la pena del hecho delictivo no excede de 5 años y éste Plan puede elaborarse con el apoyo de una persona facilitadora.

Procedimientos de Facilitación del SPPA

SOLICITUD DE LA UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL AL ÁREA DE FACILITACIÓN PENAL.

La solicitud de la Unidad de Gestión Judicial se realiza al área de Facilitación Penal, se fija una fecha y hora para la intervención, se registra el expediente y en una sesión preliminar del solicitante y requerido, se asigna un facilitador que brindará información sobre los mecanismos alternativos. Luego, si uno o ambos intervinientes no aceptan, el mecanismo se concluye anticipadamente; si ambos aceptan, se fija fecha y hora de la primera sesión y se determina el tipo de mecanismo de solución de controversias, como; mediación, conciliación o junta restaurativa. En esa primera sesión si no se establece un acuerdo reparatorio, se cierra el expediente, pero si se establece un plan de reparación para la suspensión condicional del proceso, se informa a la Unidad de Gestión Judicial para su aprobación por el juez de control. O en el caso de establecer un acuerdo reparatorio se define si es diferido o imediato.

En el caso de que el cumplimiento sea inmediato se da por extinguida la acción penal. Y en el caso de que el cumplimiento sea diferido, se suspende el proceso para el cumplimiento, si se cumple, se aprueba el cumplimiento y se da por extinguida la acción penal. No obstante si no se cumple, se procede a una reunión de revisión en órgano especializado en mecanismos alternativos de solución de controversias.

SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PENAL PARA ADOLESCENTES

Los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en materia de Justicia Penal para Adolescentes, pueden derivar en un Acuerdo Reparatorio o en un Plan de Reparación y propuesta de condiciones por cumplir para una suspensión condicional del proceso.

 

Los mecanismos aplicables en materia de Justicia para Adolescentes son la mediación y los procesos restaurativos (reunión de la víctima con la persona adolescente, junta restaurativa o círculos).

 

El Acuerdo Reparatorio y el Plan de Reparación, este último como elemento de la suspensión condicional del proceso, son procedentes por todas las conductas delictivas que no ameritan una medida de internamiento.

 

En ejecución de las medidas de sanción son procedentes los Procesos Restaurativos en donde la víctima u ofendido, la persona adolescente y en su caso la comunidad afectada participa activamente en este tipo de procedimiento para coadyuvar en su reintegración a la comunidad.

 

Los Procesos Restaurativos son procedentes para todos los hechos señalados como delitos y podrán ser aplicados a partir de que queda firme la sentencia que imponga una medida de sanción.

Procedimientos de Facilitación del Sistema Acusatorio para Adolescentes

El proceso de facilitación penal y de justicia para adolescentes comienza con la solicitud de la Unidad de Gestión Judicial de Justicia para Adolescentes al área correspondiente, estableciendo una fecha y hora para la intervención. Posteriormente, se registra un expediente y se organiza una sesión preliminar en la que tanto el solicitante como el requerido son asignados a un facilitador, quien les explica los mecanismos alternativos disponibles. En la sesión, el adolescente debe asistir acompañado por su persona responsable, mientras que la víctima o el ofendido debe estar acompañado por su representante legal. Si alguna de las partes no acepta los mecanismos alternativos, el expediente se cierra y se informa a la Unidad de Gestión Judicial de Justicia para Adolescentes. En caso de que ambas partes acepten, se agenda una sesión conjunta, donde, si no se llega a un acuerdo, el expediente se cierra nuevamente. Si se llega a un acuerdo, ya sea un acuerdo reparatorio o un plan de reparación, se registra según corresponda. En el caso de un acuerdo reparatorio, este puede ser cumplido de manera inmediata o diferida, y el proceso se da por concluido si se cumple. Si el cumplimiento es diferido e incumplido, el procedimiento continúa. Si se establece un plan de reparación para la suspensión condicional del proceso, se envía a la Unidad de Gestión Judicial para Adolescentes para su aprobación por parte del juez de control de adolescentes.

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