¿Qué son los MASC?

Los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias son procedimientos no jurisdiccionales cuyo objeto consiste en propiciar la avenencia entre las partes de manera voluntaria, pacífica y benéfica para ambas, a través de concesiones recíprocas, en una controversia o conflicto presente o futuro, tratándose de derechos disponibles, sin que se transgredan disposiciones de orden público, buscan y construyen una solución satisfactoria a la misma para construir de manera amigable y satisfactoria la solución legal a su problema de carácter Civil-Mercantil, Familiar, Penal o de Justicia para Adolescentes, asimismo fomentar una convivencia social armónica, a través del diálogo y la tolerancia, mediante procedimientos basados en la prontitud, la economía y la satisfacción de las partes, pretendiendo así, evitar la apertura de procesos judiciales de carácter contencioso y poner fin a los ya iniciados.

¿Cuáles son los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias?

I. Negociación

Es el proceso por virtud de cual las partes, por sí mismas con o sin intermediarios, plantean soluciones a través del diálogo, con el fin de resolver una

II. Negociación colaborativa

Es el proceso por el cual las partes buscan la solución pacífica y equitativa de su conflicto, con la asesoría de personas abogadas colaborativas, a través del diálogo y si fuera necesario, el apoyo de terceros.

III. Mediación

Procedimiento voluntario mediante el cual las partes acuerdan resolver una controversia o conflicto en forma parcial o total, de manera pacífica, o prevenir uno futuro, con la asistencia de una persona tercera imparcial denominada persona facilitadora. Se entenderá que existe Comediación cuando participen dos o más personas facilitadoras.

IV. Conciliación

Procedimiento voluntario por el cual las partes involucradas en una controversia o conflicto acuerdan resolver en forma parcial o total, de manera pacífica, o prevenir uno futuro, con la asistencia y participación activa de una persona facilitadora.

V. Arbitraje

Proceso de solución de controversias o conflictos distinto a la jurisdicción estatal, mediante el cual las partes deciden voluntariamente, a través de un acuerdo o cláusula arbitral, someter todas o ciertas diferencias que hayan surgido o puedan surgir entre ellas, respecto de una determinada relación jurídica, con la participación de una persona tercera llamada árbitro quien dicta un laudo conforme a las normas establecidas en el Código de Comercio, el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, y los Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, según proceda.

¿Qué es una persona facilitadora certificada?

Una Persona Facilitadora, es la persona física certificada por el PJCDMX, pública o privada, para la aplicación de los mecanismos alternativos de solución de controversias, quienes pueden fungir como personas mediadoras, conciliadoras, abogadas colaborativas o arbitras.

¿Cuáles son beneficios de utilizar los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias?

Una Persona Facilitadora, es la persona física certificada por el PJCDMX, pública o privada, para la aplicación de los mecanismos alternativos de solución de controversias, quienes pueden fungir como personas mediadoras, conciliadoras, abogadas colaborativas o arbitras.

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Resolver una controversia entre dos o más personas físicas o morales en menor tiempo que en un juicio.

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Solución a través de diálogo

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Menor desgaste psicoemocional y económico

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Los acuerdos benefician a las partes involucradas

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Tiene validez de cosa juzgada

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No requieres acudir a Tribunales para solucionar un conflicto de carácter legal

¿Qué necesito para solicitar el servicio?

Presencial

Si deseas obtener el servicio de manera presencial, es necesario que lo solicites directamente en las instalaciones del Centro de Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias de la Ciudad de México y cumplir con los siguientes requisitos:

 

  • Ser una de las personas que participaran en el mecanismo.*
  • Identificación oficial vigente con fotografía en original y copia simple.
  • Presentar el o los documentos relacionados con el asunto (en los casos que aplique) a mediar, en original y copia simple.*

 

*En caso de ser representante legal, deberá presentar el documento público para acreditar su personalidad jurídica, en original y copia simple.

Virtual

Si deseas obtener el servicio de manera virtual, es necesario que lo solicites vía telefónica al 55 9156 4997 extensión 8080 y cumplir con los siguientes requisitos:

 

  • Ser una de las personas que participaran en el mecanismo.
  • Nombre completo.*
  • Dirección de Correo electrónico.*
  • Número Telefónico.*
  • Identificación oficial vigente con fotografía.
  • Espacio Privado.
  • Computadora personal, tableta o teléfono inteligente.
  • Acceso a Internet.

 

*De las personas que participaran en la mediación.

¿En donde me pueden brindar el servicio de mediación de manera presencial?

Una Persona Facilitadora, es la persona física certificada por el PJCDMX, pública o privada, para la aplicación de los mecanismos alternativos de solución de controversias, quienes pueden fungir como personas mediadoras, conciliadoras, abogadas colaborativas o arbitras.

Nos encontramos en:

Niños Héroes 133, Col. Doctores, Esq. Doctor Navarro, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06720. A una cuadra del Metro Niños Héroes/Poder Judicial. Línea 3.

Horario:

Lunes a viernes 09:00 a 17:00 hrs.