Ciudad de México, 21 de agosto de 2024.
Ciudad de México, 21 de agosto de 2024.

CON MODELO DE GESTIÓN JUDICIAL CORPORATIVA, IMPARTIDORES DE JUSTICIA CIVILES Y FAMILIARES SE ABOCARÁN A JUZGAR

La operación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCyF) se plantea con el modelo de gestión judicial corporativa donde las personas impartidoras de justicia se abocarán a juzgar y no en enfocarse en la administración de su juzgado, señaló el magistrado del Poder Judicial de la Ciudad (PJCDMX), Marco Antonio Velasco Arredondo.

 

Durante el Diálogo para la construcción de la homologación normativa del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, con la presencia del presidente del PJCDMX, magistrado Rafael Guerra Álvarez, Velasco Arredondo dictó la ponencia Nuevo modelo de gestión en el sistema de justicia civil y familiar, donde alertó la necesidad de que la implementación del CNPCyF se dé a partir de la óptica de un nuevo sistema de justicia que implica cambios y la necesidad de que las y los operadores jurídicos se reinventen.

 

Señaló que el modelo de unidades de gestión judicial corporativa, propuesta del PJCDMX, funciona con un grupo de personas que tienen funciones específicas relacionadas con la tramitación del juicio que, acorde con el espíritu del Código, las y los jueces se dediquen solamente a juzgar.

 

Organizado por la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, que preside el diputado Octavio Rivero Villaseñor, en el diálogo el juez Neri Rosales destacó las ventajas de la justicia en línea que se plantea en el CNPCyF con la oficialía de partes virtual, en la que, a distancia, sin la necesidad de presentarse a la sede judicial, las personas podían ingresar demandas y contestaciones, entre otras actuaciones.

 

En su ponencia Justicia digital en el sistema nacional de justicia civil y familiar, destacó que el CNPCyF, ante la naturaleza de la justicia en línea, señala que principios como el de la inmediación, relativo a la presencia permanente de las y los impartidores de justicia se cumple aun cuando se realicen audiencias a distancia ya que se ejercen los mismos derechos como si se estuviese en audiencia con presencia física.