Ciudad de México, 02 de julio de 2019.

El juicio de interdicción autoriza a un juez de lo Familiar a otorgarle un representante o tutor a una persona mayor de edad que sufre de discapacidad física o mental, la cual no puede valerse por sí misma, explicó el magistrado de la Segunda Sala Familiar del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, Ernesto Herrera Tovar.

En una intervención en el programa Diálogos en confianza, de Canal 11, añadió que esta representación o tutoría es en los ámbitos jurídico y civil, y detalló que el tiempo promedio para desahogarse un juicio de esta naturaleza es de tres a cinco meses, siempre y cuando no hubiese oposición.

El magistrado también explicó que el juez debe contar con dos dictámenes médicos los cuales tienen que hacerse en presencia del juez por parte de personal de instituciones públicas, y mencionó que el tutor o representante preferentemente debe de ser un familiar cercano.

Cuando se trata de hermanos, dijo, regularmente se busca que sea el mayor; de no ser así, se opta por una persona que tenga honorabilidad y calidad moral probada, que puede ser un familiar lejano o incluso una amistad del interdicto.

Comentó que durante el juicio se manda llamar a las partes involucradas en el procedimiento de interdicción, y que el juez puede hacer las preguntas necesarias a éstas, a fin de hacer valer todos los elementos y probar la honorabilidad de las personas.