Ciudad de México, 7 de mayo de 2019.

El juez Tercero Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, Víctor Hoyos Gándara, concedió una entrevista en el noticiario de Capital 21 con el tema de extinción de dominio, durante la que explicó que dicha figura jurídica consiste en la pérdida de un derecho de propiedad cuando en ésta se comete un delito.

Detalló que la ley prevé cinco ilícitos que pueden dar origen a la extinción de dominio: trata de personas, robo de vehículo, secuestro, enriquecimiento ilícito y narcomenudeo.

El impartidor de justicia, asimismo, dijo que cuando se trata de inmuebles arrendados el dueño tiene la obligación de denunciar ante las autoridades los delitos que se comenten en su propiedad, si es que se ha enterado de ello.

Hoyos Gándara explicó que es un fiscal en materia de extinción de dominio el encargado de llevar el caso ante un juzgado civil del TSJCDMX, y que se debe guardar secrecía en los casos en que el dueño del inmueble denunció el hecho.

Por último, explicó que en la Ciudad de México, a diferencia de lo que ocurre en América Latina, el proceso de extinción de dominio se lleva ante un juzgado civil y no penal, con la excepción de Colombia.