Ciudad de México, 07 de agosto de 2019

Los adultos mayores que tengan la necesidad de demandar alimentos a sus hijos lo pueden hacer por comparecencia, explicó en el programa A quien corresponda, conducido por Jorge Garralda, de Televisión Azteca, la juez 31 Familiar del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, María de Rocío Collado Macín.
Explicó que sólo se requiere que el adulto mayor acuda a la sede de Niños Héroes 150, colonia Doctores, a solicitar una ficha de alimentos por comparecencia, y explicó que en principio la pensión procede, y que el demandante no requiere de la contratación de un abogado.
Posteriormente, abundó la juez, el demandante tiene que acreditar con acta de nacimiento el parentesco, y puntualizó que ésta no debe ser con el extracto de los datos, sino completa.
Agregó que, asimismo, el demandante tiene que presentar los datos que acreditan la necesidad de pensión alimenticia, y citó, entre otros, recetas, comprobantes de compra de medicamentos y recibos de renta.
Collado Macín puntualizó que la persona adulta mayor tiene consagrado el derecho a una pensión alimenticia en la Constitución de la Ciudad de México y en el Código Civil capitalino, que la establece en su artículo 304.
También enfatizó que el demandante no le tiene que comprobar al juez que no tiene dinero; en cambio, añadió, el demandado es el que tienen que tiene que decir si tiene bienes o algo.
En el caso de que sea más de uno los hijos demandados, la juez Collado refirió que se emplaza a todos éstos y que, después de ponderar los diversos aspectos, se impone una pensión alimenticia proporcional,