En conflictos familiares no previsto en la ley, procede la interpretación del juzgador: Juez Gómez González
Ciudad de México, 08 de agosto de 2019.
La juez Tercero Familiar del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, Silvia Gómez González, en entrevista en la emisión Hablemos Derecho TV, habló sobre los conflictos familiares no previstos en la ley.
En estos casos, puntualizó, dependerá de la interpretación que los juzgadores hagan de estos conflictos, con base en las necesidades de la sociedad, la cual sufre cambios constantes.
Al respecto, explicó que hace 20 años lo común eran los divorcios y controversias entre los padres; en la actualidad, abundó, lo que se ve es que los abuelos están demandando a sus propios hijos por el descuido e inmadurez respecto de los menores.
La impartidora de justicia explicó diversos casos que han llegado a su juzgado, los cuales han requerido de una interpretación del juzgador al no estar previstos expresamente en la ley.
Se refirió a un caso promovido por cinco hermanos vía jurisdicción voluntaria, en el que solicitaban a un mismo hermano, que era el albacea, la autorización del traslado de las cenizas de su madre a una parroquia accesible a la mayoría.
La jueza Gómez González explicó que ese conflicto, aún sin sentencia definitiva, requerirá de la interpretación de la juzgadora para determinar en qué parroquia deberán quedar las cenizas, valorando las necesidades de todos los integrantes de la familia, ante un aspecto como las cenizas de una persona, que jurídicamente no es un bien susceptible de repartirse y cuantificar.
Durante la entrevista, a cargo de Tzoyectzin Chacón, la juez refirió otros temas no previstos en la ley y que requieren interpretación del juzgador, como procedimientos de interdicción, donde, señaló, se debe privilegiar el respeto de los derechos de personas discapacitadas, y que tienen que ser representadas por un tutor, sobre todo si trata de menores de edad.
Resaltó que en materia familiar no hay restricción para los juzgadores al pronunciarse respecto a medidas en favor de los menores, y sobre todo en aspectos del interés de todo el núcleo familiar.