Ciudad de México, 18 de febrero de 2020

La jueza 28 Familiar de Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX), Laura Mejía Sosa, al hablar de la tutela de menores en situación de desamparo destacó dos aspectos que se deben distinguir en la materia: el tipo de tutela cuando los menores son expósitos, o sea, niños abandonados que se desconoce quiénes son sus padres o familiares y, por otro lado, de menores que sí se conocen sus padres, pero se ha dado un abandono de ellos.
En entrevista en la emisión En Contacto de Cadena Rasa en Radio 6.20, conducido por Federico Vale, la maestra Laura Mejía Sosa, precisó que en el caso de menores expósitos que no se conocen los padres y familiares la tutela estará a cargo de instituciones públicas y privadas debidamente autorizadas, y en el caso de menores abandonados por los padres se estará bajo la protección del Estado y generalmente es el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) quien acoge a estos menores y es el encargado de llevar a cabo la tutela respecto a los mismos.
Informó que el PJCDMX cuenta con un juicio especial de pérdida de patria potestad para que los menores en situación de desamparo puedan ser integrados en un núcleo familiar mediante el procedimiento de adopción.
Finalmente, destacó la existencia de una tesis de la Primera Sala de la SCJN, que resolvió que se debe demandar la pérdida de patria potestad a los padres y abuelos paternos y maternos, para dar paso de colocar al menor en una familia, que es el fin primordial.