Ciudad de México, 19 de abril de 2020

Esto, mediante juzgados familiares de proceso escrito, con base en un turno de guardias, pues actualmente el órgano judicial capitalino está en
suspensión de labores y términos procesales.

Los impartidores de justicia dictan medidas de protección en asuntos de violencia familiar con base en la Ley de Acceso a las Mujeres a una
Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México.

Para preservar la integridad del entorno familiar y garantizar los derechos de sus integrantes durante la emergencia sanitaria por la pandemia generada por el Covid-19, y en cumplimiento a los acuerdos emitidos por el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México (CJCDMX), que preside el magistrado Rafael Guerra Álvarez, los juzgados familiares de proceso escrito reciben y entregan billetes de depósito en materia pensiones alimenticias y dictan medias de protección en casos de violencia.

Actualmente, derivado de la suspensión de labores y términos procesales en el órgano judicial capitalino como medida sanitaria para evitar contagios, estos juzgados familiares de proceso escrito atienden de acuerdo a un rol establecido por el CJCDMX, exclusivamente para garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes, y mujeres violentadas.

En el caso de billetes de depósito que se exhiben para el cumplimiento de pensión alimentaria, existen dos opciones para su entrega: en el juzgado que resolvió su pago en el día que marca su turno de guardia, o realizarla en la Dirección de Consignaciones Civiles del Poder Judicial de la Ciudad de México, ubicada en Calzada de la Viga 1174, instancia que los recibe en horario de lunes a viernes de 9 a 15 horas.

Para agilizar y dar celeridad al trámite, el billete de depósito se deberá remitir al titular de la Dirección de Consignaciones Civiles mediante un escrito.

Asimismo, los juzgados llevan a cabo comparecencias en materia de alimentos a solicitud de personas que requieran se les proporcione la pensión para sus hijos, en las que los impartidores podrán, de acuerdo a las circunstancias de cada caso, y analizando los hechos, fijar una de manera provisional, a fin de garantizar el derecho a alimentos de niñas, niños y adolescentes. Asimismo, los juzgadores resuelven en los casos en que el deudor alimentario ha dejado de proveer la pensión.

También se atienden asuntos de violencia familiar en dos vertientes a través de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México, por lo que se establecieron las guardias o turnos que tiene cada juzgado para conocer los casos, con la finalidad de brindar protección a las mujeres víctimas de violencia.

De esta forma se atienden las solicitudes o demandas que pudieran surgir durante la emergencia sanitaria, y el juzgador está facultado para dictar las medidas provisionales de protección tendentes a preservar la integridad de los miembros de la familia.

Respecto a los regímenes de visitas en su modalidad de convivencias y entregas-recepciones de niñas, niños y adolescentes con sus progenitores, el CJCDMX instruyó a los impartidores de justicia a privilegiar en sus resoluciones dar preferencia a quedarse en casa, con apego a las acciones que a nivel federal y local se han emitido.