Ciudad de México, 07 de octubre de 2019

En el marco del foro La capacidad jurídica en la impartición de justicia en la Ciudad de México, el Dr. Antonio Muñoz Cano, Magistrado de la Cuarta Sala Familiar del TSJCX señaló de que a pesar de que desde 2007 fueron ratificadas por el Senado de la República las obligaciones de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad “aún recibimos y sentenciamos en función del viejo sistema de interdicción, el cual sustituye la voluntad jurídica de las personas”.
Al respecto, dijo que no se puede esperar a que exista una ley reglamentaria en el país para empezar a garantizar los derechos de las personas con discapacidad, “estoy convencido de que debemos aplicar la Convención, ya que fue una decisión de uno de los poderes de la Unión…en México no hay ciudadanos y de primera o de segunda”.
Durante su conferencia analizó una sentencia relacionada a la inconstitucionalidad de un juicio de interdicción de la Cuarta Sala Familiar del Poder Judicial de la Ciudad de México, en la que el juzgador reconoció la personalidad y capacidad jurídica de una persona diagnosticada con esquizofrenia.
Dicha sentencia determinó tal reconocimiento en igualdad de condiciones que las demás personas en todos los aspectos de su vida, quedando en consecuencia libre de cualquier tutela y curatela, como lo establecen las obligaciones de salvaguarda y apoyo de la Convención internacional
Por su parte, en la su participación en la Mesa de Análisis sobre Interdicción y Capacidad Jurídica, el abogado por la Universidad de San Martín de Porres de Lima, Perú, Elard Ricardo Bolaños, señaló que en el derecho civil la interdicción y la discapacidad son motivo para limitar y despojar a las personas de su capacidad de ejercicio jurídico.
El jurista resaltó la importancia de las obligaciones internacionales contenidas en el artículo 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para que los Estados reconozcan la capacidad jurídica universal de todas las personas en esta condición, así como la abolición y prohibición de todos los regímenes de sustitución en la adopción de decisiones como es el caso de la interdicción.
En otra de las mesas del Foro el Dr. Edwin Bejar Rojas, Magistrado del Tercer Juzgado de Familia del Cusco-Perú, dijo que quienes administran la justicia “debemos entender el reto que imponen los nuevos paradigmas en materia de apoyos y salvaguardas, accesibilidad y los ajustes de procedimiento o razonables, estos últimos para facilitar la comunicación, brindar un lenguaje sencillo y garantizar el acceso a la información a las personas con discapacidad”.