Ciudad de México a 9 de mayo de 2023.

Abogados de la capital deben cumplir sus labores conforme a la ley, por tanto, para los desalojos se tiene que llevar a cabo un proceso jurisdiccional vía demanda y se le tiene que notificar a la persona; ella a su vez tiene que confirmar de recibida; de no ser así, probablemente sea apócrifa, así lo aseguró juez 34 Civil, Juan Carlos López González, perteneciente al Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX), que encabeza el magistrado Rafael Guerra Álvarez.

El juzgador confirmó que el desalojo proviene de una sentencia en un juicio de arrendamiento inmobiliario que consta de la presentación de la demanda, admisión de la misma, contestación, ofrecimiento de pruebas y desahogo de éstas. Si alguno de esos procedimientos no se lleva a cabo, el desalojo es apócrifo.

Por otro lado, reiteró que por instrucciones del titular del PJCDMX, en caso de despojar a las personas de sus bienes, debe alertar a las autoridades correspondientes, a fin de que él o la afectada reivindique la propiedad.

Dijo que estas acciones se realizan respetando los derechos de todas las personas, principalmente de las y los niños, personas enfermas, así como las personas adultas mayores en donde, de ser necesario, se solicita el apoyo del DIF-CDMX.

Sugirió que para evitar problemas con sus arrendatarios, la o el propietario del bien inmueble elabore un contrato asesorado por abogadas o abogados y presten puntual atención en la persona fiadora, ya que ante cualquier eventualidad, será quien responda como deudor solidario.