La Reforma Constitucional en materia de Justicia para Adolescentes, que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2005 y que dio como consecuencia un Sistema de Justicia para Adolescentes y la reforma publicada el 2 de julio de 2015 que desprende una Legislación única para Adolescentes en los artículos 4, 18 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, construyeron un parteaguas de un sistema Tutelarizado a un Sistema de Justicia para Adolescentes Acusatorio y Oral en materia penal.
Así, se concibió una reestructura gradual de los sistemas de procuración y administración de justicia en toda la República Mexicana, estableciendo un Sistema Integral Especializado Acusatorio y Oral, cuya finalidad es el interés superior del adolescente, su reinserción y reintegración familiar y el internamiento como medida extrema en el tiempo más breve.
Con la reforma Constitucional del 12 de diciembre de 2005 y su revisión en junio de 2015 se ha destacado como tema principal el de los adolescentes en conflicto con la ley penal, por lo que hace exigible que los derechos de estos sean respetados poniendo como máxime su interés superior, para lo cual fue obligatoria la implementación de un Sistema de Justicia para Adolescentes.